• El objetivo principal de este programa es conceder ayudas económicas directas destinadas a favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a las personas que se dedican con carácter habitual al cuidado no profesional de personas dependientes
  • Las solicitudes se tramitarán a través de los Servicios Sociales de Base

Este viernes 3 de julio, el Ayuntamiento de Los Santos de Maimona ha publicado las bases del Programa de Colaboración Económica Municipal para el Servicio ‘Respiro Familiar’ a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura en 2026.

Esta convocatoria de ayudas directas para respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales en Los Santos de Maimona tiene una dotación total máxima de 10.900,64 euros. Serán objeto de financiación la prestación de los servicios que se presten entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.

El objetivo principal de este programa de colaboración económica municipal es apoyar y servir de soporte a las familias en las tareas de atención y cuidado que habitualmente prestan a personas dependientes y con grado de discapacidad reconocido, y a personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 75%, en los términos establecidos en este PCEM, favoreciendo de esta forma la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Las personas beneficiarias deberán de cumplir determinados requisitos que se establecen en las bases.

SERVICIOS

Los servicios contemplados en esta convocatoria objeto de financiación son:

– Acompañamiento y asistencia domiciliaria: Máximo 65 horas por persona atendida al año que se podrán distribuir como mejor convenga a las personas cuidadoras habituales no profesionales. El coste de la hora será el mismo que el de una persona cuidadora según el convenio colectivo.

– Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio en horario diurno, nocturno, en tiempo libre, en fines de semana y en periodos vacacionales, así como descansos en hospitalizaciones parciales ambulatorias, acompañamientos a servicios especializados ambulatorios, postoperatorios y otros servicios transitorios análogos: La duración máxima de la actividad será de 36 horas al año. Se pagará según el convenio colectivo aplicable.

– Asistencia en establecimiento no sociosanitario: La duración mínima en este caso es de una semana y el coste máximo de la actividad por persona será de 504 euros y la cuantía máxima por día 72 euros (el número mínimo de días es de 2).

En cualquier caso, el personal cuidador profesional que preste estos servicios deberá tener la titulación exigida.

– Estancia en establecimiento sociosanitario: La duración máxima del respiro familiar será de 10 días al año por persona atendida y los costes máximos 70 euros diarios para el servicio residencial o de alojamiento y 40 euros diarios para el servicio de día o nocturno. Las estancias se contratarán con centros que cuenten con la correspondiente acreditación.

PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona (fueron publicadas el viernes 3 de julio), con lo que ya se podrían solicitar desde el próximo lunes 6 de julio hasta el 15 de diciembre de 2026, salvo que se agote antes el crédito existente para estas ayudas.

Las solicitudes se ajustarán al modelo que será facilitado por el Servicio Social de Base de Los Santos de Maimona y se presentarán, junto a la documentación solicitada.

La persona solicitante justificará, con carácter previo a su abono, la ayuda concedida, mediante la aportación de las facturas correspondientes.

Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda para el programa de respiro familiar se realizará directamente a la entidad, pública o privada, prestadora del servicio, en el caso de que se trate de facturas impagadas, en el caso de facturas pagadas se abonará a la persona beneficiaria directamente previa presentación de la factura acreditativa del gasto, siempre que su fecha de emisión corresponda a fecha posterior al 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2026, y sea acreditado correcta y fehacientemente el pago de las mismas por el beneficiario.

En función del importe de las facturas que se presenten con la solicitud, el abono de la ayuda podrá ser único.

Las BASES completas de la convocatoria pueden consultarse en la SEDE ELECTRÓNICA del Ayuntamiento.