- El objetivo principal de este programa es conceder ayudas económicas directas destinadas a favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a las personas que se dedican con carácter habitual al cuidado no profesional de personas dependientes
- Las solicitudes se tramitarán a través de los Servicios Sociales de Base
Este jueves 14 de noviembre se abre el plazo para solicitar las ayudas del Programa de Colaboración Económica Municipal para el Servicio ‘Respiro Familiar’ a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura en 2024.
Se trata de una primera experiencia innovadora de la Junta de Extremadura a la que ha destinado para la anualidad de 2024 1 millón de euros a repartir entre los ayuntamientos beneficiarios. La cuantía total a otorgar a cada entidad se obtiene del resultado de establecer un reparto proporcional del crédito total del programa, en relación al total de personas de cada localidad que tengan una discapacidad en un porcentaje igual o superior al 33% y, grado de dependencia reconocido I, II o III. A los Santos de Maimona le corresponden 10.479,30 euros, y serán objeto de financiación la prestación de los servicios entre el 30 de julio y el 15 de diciembre de 2024.
Las personas beneficiarias deberán de cumplir determinados requisitos que se establecen en las bases.
OBJETIVO DEL PROGRAMA
El objetivo principal de este programa es conceder ayudas económicas directas destinadas a favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a las personas residentes en las localidades extremeñas que se dedican con carácter habitual al cuidado no profesional de personas dependientes y/o con grado de discapacidad reconocido. Al mismo tiempo puede suponer una nueva oportunidad de empleo y emprendimiento en las entidades locales.
Por su parte, la puesta en marcha de este programa beneficia a la persona cuidada, que recibirá atención profesional e individualizada acorde sus necesidades, asegurando la continuidad de sus cuidados, y una atención adecuada, durante los períodos de descanso o dificultad de la persona cuidadora.
CUANTÍA DE LOS SERVICIOS
Los servicios contemplados en esta convocatoria objeto de financiación son:
– Acompañamiento y asistencia domiciliaria: Máximo 48 horas por persona atendida al año que se podrán distribuir como mejor convenga a las personas cuidadoras habituales no profesionales. el coste de la hora será el mismo que el de una persona cuidadora según el convenio colectivo.
– Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio en horario diurno, nocturno, en tiempo libre, en fines de semana y en periodos vacacionales, así como descansos en hospitalizaciones parciales ambulatorias, acompañamientos a servicios especializados ambulatorios, postoperatorios y otros servicios transitorios análogos: La duración mínima de la actividad será de 5 horas y como máximo de 30 horas al año. Se pagará según el convenio colectivo.
– Asistencia en establecimiento externo no sociosanitario: La duración mínima en este caso es de una semana y el coste máximo de la actividad por persona será de 500 euros.
– Asistencia en establecimiento externo sociosanitario: La duración máxima del respito familiar será de 10 días al año por persona atendida y los costes máximos 70 euros diarios para el servicio residencial o de alojamiento y 40 euros diarios para el servicio de día o nocturno. Las estancias se contratarán con centros que cuenten con la correspondiente acreditación.
PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Tal y como se indica en el decreto, el plazo de presentación de solicitudes comenzará este jueves 14 de noviembre (un día después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia), y finalizará el 15 de diciembre de 2024. Las solicitudes se ajustarán al modelo que será facilitado por el Servicio Social de Base de Los Santos de Maimona y se presentarán, junto a la documentación solicitada.
La persona solicitante justificará, con carácter previo a su abono, la ayuda concedida, mediante la aportación de las facturas correspondientes.
Una vez recaída resolución favorable, el abono de la ayuda para el programa de respiro familiar se realizará directamente a la entidad, pública o privada, prestadora del servicio, en el caso de que se trate de facturas impagadas. En el caso de facturas pagadas se abonará a la persona beneficiaria directamente previa presentación de la factura acreditativa del gasto, siempre que su fecha de emisión corresponda a fecha posterior al 30 de julio y hasta el 15 de diciembre de 2024, y sea acreditado correcta y fehacientemente el pago de las mismas por el beneficiario.
Todos los detalles de esta convocatoria pueden consultarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de este miércoles 13 de noviembre de 2024.