La Junta de Extremadura ha prorrogado el resto de las medidas

El Diario Oficial de Extremadura recoge este jueves, 4 de febrero, en un suplemento, los nuevos acuerdos adoptados el día anterior por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
Las medidas anunciadas entran en vigor a las 00.00 horas del 6 de febrero de 2021 y se mantendrán hasta las 24.00 horas del 12 de febrero de 2021, y serán revisadas el próximo miércoles 10 de febrero.
FLEXIBILIZACIÓN EN LA ACTIVIDAD COMERCIAL
La única medida que se flexibiliza respecto a semanas pasadas afecta esencialmente a la actividad comercial no esencial. El aforo se mantiene al 30%.
Durante los próximos 7 días podrán abrir todos los establecimientos comerciales no esenciales, sin importar su tamaño (hasta ahora no podían abrir aquellos que tuvieran más de 400 metros cuadrados, a excepción de los que se dedicaran a la venta de coches, muebles y electrodomésticos). En cambio, siguen sin poder abrir al público aquellos centros o comercios que se ubiquen en el interior de galerías o centros comerciales sin salidas al exterior y donde las colas para cumplir el aforo se produzcan en interiores.
También se amplía su horario de apertura, que será de será de lunes a viernes de 10.00 a 18.00 horas, y los sábados de 10.00 a 14.00 horas.
Respecto a los mercadillos, podrán volver a realizarse con puestos de todo tipo, siempre cumpliendo con las restricciones vigentes y la reducción de aforo al 30%.
A los clientes de estos establecimientos se les recomienda que sea solo una la persona que se desplace a comprar, así como que se atienda de forma preferente a las personas mayores de 65 años.
MEDIDAS QUE SE MANTIENEN
La Junta de Extremadura, con una situación de nivel de alerta 4 en la región, prorroga:
– El toque de queda entre las 22.00 horas y las 6.00 horas durante 28 días adicionales, a contar desde las 00.00 horas del 8 de febrero de 2021 hasta las 24.00 horas del 7 de marzo de 2021.
– El aislamiento perimetral de todos los municipios extremeños durante otros 7 días, a contar desde las 00.00 horas del 6 de febrero de 2021 hasta las 24.00 horas del 12 de febrero de 2021.
– El cierre de la hostelería y la restauración. Se permite el servicio de recogida en el local para consumo a domicilio hasta las 22.00 horas. Hasta las 00.00 horas, podrá prestarse el servicio de entrega a domicilio.
– No pueden realizar su actividad los locales y establecimientos de juegos y apuestas.
– Actividad cultural: sigue suspendida la apertura al público de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa, museos, salas de exposiciones, centros de interpretación y espacios patrimoniales y otros equipamientos o recintos destinados a actos y espectáculos culturales, así como las actividades culturales itinerantes. Tampoco se pueden realizar espectáculos públicos y otras actividades culturales y de ocio.
– Deporte: cierre de las instalaciones, centros deportivos, gimnasios y espacios para la realización de actividad física o deportiva en espacios cubiertos.
– La educación seguirá siendo presencial.
– La limitación de permanencia de personas en los lugares de culto se mantiene al 40%.
Se puede consultar el DECRETO COMPLETPETO pinchando AQUÍ .