El Diario Oficial de Extremadura publicó el pasado 25 de enero el Decreto 1/2023, de 11 de enero, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la aprobación de la primera convocatoria.

 

Se trata de una línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas que realicen inversiones en activos fijos en Extremadura y que contribuyan al desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital, el impulso de la innovación productiva en los ámbitos de la especialización inteligente y a la creación y mantenimiento de empleo en la comunidad autónoma.

 

Proyectos subvencionables

  1. a) Proyectos de creación de nuevas empresas y/o de nuevos establecimientos o centros productivos.
  2. b) Proyectos de ampliación-modernización-traslado de centros productivos existentes.

Beneficiarios

  • Autónomo/a
  • Cooperativa
  • Gran Empresa
  • Pyme

Sectores

Agroalimentario, Artesanía, Comercio, Construcción, Cultura y Comunicación, Energético, Enseñanza, Industria, Minería, Otros, Servicios, Turismo.

 

Alcance de la ayuda

La subvención máxima que puede concederse a un proyecto de inversión al amparo de este decreto se establece en un 50% en términos de ESB (Equivalente de Subvención Bruto). No obstante, en el caso de que el beneficiario de la ayuda fuese una gran empresa o una mediana empresa ese porcentaje no podrá sobrepasar el 30% o el 40% respectivamente.

Modalidades de subvenciones

  1. Subvención por actividad.

La empresa puede recibirla teniendo en cuenta el sector de actividad en el que esté operando o vaya a operar.

  1. Subvención por relevo generacional.

Supone la continuación de un establecimiento que de otra forma hubiese cerrado, siempre que el motivo de ese cierre sea la jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.

  1. Subvención para el fomento de la digitalización empresarial o impulso de la empresa 4.0.

Para empresas que vayan a implementar proyectos que promuevan su transformación digital y conlleven la introducción efectiva en sus sistemas de tecnologías digitales, de comunicaciones, tratamiento de datos, de inteligencia, análisis y de gestión.

Adicionalmente, ante la subida de tipos de interés, aquellos proyectos que para la realización de las inversiones contempladas en este decreto soliciten préstamos a cualquier entidad financiera y/o avales de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR), también podrán obtener una ayuda complementaria con objeto de reducir sus costes financieros de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2.III de este decreto.

Inversiones y costes subvencionables

Se consideran subvencionables las inversiones y gastos establecidos en el Decreto, que pudiese realizar una empresa, agrupados en los siguientes cuatro apartados:

  1. a) Bienes Inmuebles
  2. b) Obra civil e Instalaciones
  3. c) Bienes de equipo y equipamiento
  4. d) Otros gastos

Plazo presentación solicitud:

Apertura: 26/01/2023

Cierre: 31/12/2026

Normativa: http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2023/170o/23040021.pdf

Más información:https://www.extremaduraempresarial.es/ayuda/incentivos-autonomicos-a-la-inversion-empresarial/

Para más información o ayuda para identificar y tramitar una subvención, las empresas interesadas pueden contactar con la Oficina Municipal de Promoción Empresarial, Empleo, Desarrollo Local e Innovación del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona o en el teléfono 924 544 368.